La Asociación Regional de Autoescuelas de las Región de Murcia, ARAMUR, recuerda a conductores y aprendices que el pasado 11 de mayo han entrado en vigor los nuevos límites de velocidad para vías urbanas y travesías. Esto es algo que aprobó el Consejo de Ministros el pasado noviembre.  Por tanto, desde el 11 de mayo, el límite de velocidad en vías urbanas será de 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera; de 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación y de 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación.

En todas las vías urbanas de España desde ahora el límite de velocidad es de 30 km/h, salvo contadas excepciones

El objetivo, como no puede ser de otra manera, es reducir la siniestralidad. La probabilidad de morir en caso de atropello es de un 15 % si se circula a 30 km/h y aumenta a un 85 % a 50 km/h, según diversos estudios

Bilbao aplicó esta medida ya el pasado mes de septiembre. De hecho, se convertía en la primera ciudad del mundo de más de 300.000 habitantes en limitar a 30 la velocidad del tráfico rodado en todo su territorio.

Las sanciones por superar los límites de velocidad en vías urbanas y travesías

La DGT ha informado que estas limitaciones a la velocidad en caso de superarlas implican multas desde 100 euros y hasta la pérdida de puntos del carné de conducir si la velocidad es mucho mayor a la permitida. Concretamente, la Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de la Circulación, fija la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos de velocidad, velocidad en adelantamiento y distancias entre vehículos.

El incumplimiento de estas normas está tipificado como infracción grave o muy grave, sancionadas con multas de 100 a 600 euros. Circular por encima de 51 km/h ya supone la pérdida de dos puntos y una sanción económica de 300 euros. Hacerlo a más de 70 km/h supone 6 puntos del carné de conducir y 500 euros de multa.

Los municipios podrán establecer sus propios límites de velocidad en travesías

Pero hay un detalle importante, en las vías que tienen un carril bus/taxi y uno de circulación en cada sentido, se mantiene ese nuevo límite genérico de 30 km/h. Sobre este límite genérico los ayuntamientos pueden hacer alguna excepción, aumentar hasta los 50 km/h ese valor en algún tramo concreto o reducir estos valores si hay alguna razón específica para ello. Pero deberán anunciarlo con una señalización específica.

En las conocidas como travesías de los municipios se mantiene el  límite genérico de 50 km/h, aunque los ayuntamientos pueden reducir esa cifra en algún caso concreto. En autovías o autopistas en su paso por las zonas urbanas, se mantiene el mismo límite genérico de 80 km/h aunque también se deja a los municipios «personalizar» estos límites, aunque sin superar los 120 km/h de límite máximo en las carreteras españolas.

Eliminación del margen de 20 km/h para adelantar

Otro punto importante a tener en cuenta es la eliminación del margen de 20 km/h para poder realizar adelantamientos a uno o varios vehículos.  Con lo cual los adelantamientos son más complicados de realizar.

ARAMUR insta a los conductores a cumplir siempre los límites de velocidad sin ningún tipo de excusas porque nos va la vida en ello. Reducir la siniestralidad en el contexto de una movilidad segura y eficaz debiera ser el objetivo de todos los que se ponen al volante.