Desde ARAMUR, Asociación de Autoescuelas de Murcia, informamos a nuestros asociados y a todos los profesionales del transporte de una importante novedad normativa: se han publicado los cambios en el Reglamento CAP relativos al aula virtual y al control biométrico, que entrarán en vigor el 18 de septiembre de 2026.

El nuevo decreto recoge la mayoría de las alegaciones y posicionamientos defendidos por la Confederación Nacional de Autoescuelas (CNAE), entre ellos el más relevante: la formación continua CAP no podrá impartirse a través de teleformación o aula virtual.

El sector consigue lo que pedía: formación continua 100% presencial

La norma establece de forma expresa que la formación CAP no podrá impartirse mediante teleformación, en respuesta directa a la solicitud de CNAE y de las principales organizaciones del sector. El objetivo es claro: proteger la calidad y el rigor de la capacitación profesional de los conductores.

Este resultado es fruto del trabajo continuado de CNAE, que ha mantenido encuentros con todas las administraciones implicadas para garantizar una formación sólida y exigente. Además, se emitió un comunicado conjunto junto a entidades del ámbito de la formación vial, el transporte profesional, la seguridad vial, los sindicatos, la universidad y las asociaciones de víctimas de siniestros viales, en defensa de la formación presencial como elemento esencial e irrenunciable en la cualificación de los conductores profesionales.

¿Qué cambia exactamente en el CAP?

Uso del aula virtual: solo para la cualificación inicial y con límites

El aula virtual queda restringida exclusivamente a la cualificación inicial, con los siguientes límites máximos:

  • 166 horas en la modalidad ordinaria.
  • 92 horas en la modalidad acelerada.

El resto del programa deberá impartirse de forma presencial, incluidas las prácticas obligatorias. En cuanto a la formación continua, deberá realizarse íntegramente en modalidad presencial, sin excepción alguna.

Ajustes operativos en la gestión de cursos CAP

El decreto también introduce mejoras organizativas que CNAE había reclamado:

  • Se permitirá comunicar cambios en contenidos o fechas de un curso CAP ya iniciado con 48 horas de antelación.
  • Se fija una jornada formativa máxima de 8 horas diarias.
  • La documentación de asistencia deberá conservarse durante 2 años.
  • Se elimina la obligación de renovar la tarjeta CAP para seguir impartiendo formación, siempre que el docente acredite haber impartido cinco cursos CAP en los últimos cinco años.
  • Se suprime la necesidad de volver a homologar los cursos para impartirlos mediante aula virtual.

Una victoria del sector para garantizar conductores mejor formados

CNAE valora muy positivamente estas modificaciones, que considera esenciales para garantizar una formación vial rigurosa y asegurar que los conductores profesionales adquieren las competencias necesarias para desempeñar su labor con seguridad.

Desde ARAMUR compartimos esta valoración. Estos cambios son el resultado de años de diálogo y presión sectorial, y suponen una garantía tanto para las autoescuelas y centros de formación de la Región de Murcia como para los propios conductores profesionales y la seguridad en nuestras carreteras.

Fechas clave a recordar

  • Publicación del decreto: 2025
  • Entrada en vigor: 18 de septiembre de 2026

Recomendamos a todas las autoescuelas y centros de formación CAP asociados a ARAMUR que revisen sus programas y calendarios para adaptarse a la nueva normativa antes de esa fecha. Para cualquier consulta, podéis contactar con nosotros a través de nuestros canales habituales.