Según la definición de VMP en el Anexo II del Reglamento General de Vehículos, este tipo de vehículos que pueden superar los 25 km/h se clasifican dentro de la categoría L1-A (ciclos de motos) y no VMP.

Para circular con un vehículo L1-A se debe de disponer del permiso de circulación propio del ciclomotor y el conductor debe disponer del permiso AM.

Recientemente, en Pontevedra el Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa inmovilizó un patinete sin permiso de circulación que podía rebasar los 25 km/h. El particular interpuso un recurso alegando que en ningún momento sobrepasó la velocidad máxima estupulada para ese tipo de vehículo, pero la magistrada lo desestimó al considerar que el tipo infractor no tenía relaciçon con la velocidad, sino con el hecho del que el el VMP del demandante era en realidad un vehículo L1-A.